
Baja del Trabajador
Situándose en el último periodo podrá registrarse la baja pulsando el proceso al efecto. En la ventana mostrada hay que indicar:
Fecha de baja: Indique la fecha a la que ha de liquidarse al trabajador. Este día se considera trabajado.
Causa baja: Este dato se solicita para su especificación en el certificado de empresa.
Situación baja: Elija un elemento de esta tabla para informar mediante el fichero AFI a la Seguridad Social.
Vacaciones no disfrutadas
Si en la vigencia de convenio de establecieron las vacaciones por días laborables se convertirán a días naturales con el fin de liquidarlas.
Días de vacaciones: Este dato se calcula en base a los días de vacaciones indicados en la pestaña "Permisos y Vacaciones" de la vigencia del convenio. Se calculan proporcionalmente desde la fecha de alta del trabajador cuando ésta se ha producido en el año actual o desde principio de año si el alta es anterior.
Días disfrutados: Son los días que, mediante incidencias de tipo VAC, se han introducido en el programa.
Días pendientes: Es la diferencia entre los días de vacaciones y los días disfrutados. Son los días que se van a liquidar.
Valor diario: Pulsando este botón ofrece todos los conceptos que percibe el trabajador. Salen marcados por defecto aquellos que en el nivel o en el trabajador no tienen marcada la opción "Descontar en vacaciones". También ofrecerá los que en forma de pago tengan establecido: "Por día de vacaciones". Se podrán seleccionar y deseleccionar los conceptos que se deseen.
Total: Será el resultado de multiplicar los días pendientes por su valor diario.
Vea también Vacaciones devengadas y no disfrutadas
Indemnización
Días año 1º tramo: Son los días con los que se indemnizaba antes de la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 3/2012, de 10 de febrero, por el que ciertos contratos se indemnizaban por 45 días y otros por 33 días por año trabajado.
Días año 2º tramo: A partir de la fecha fin del 1er tramo indique con cuántos días por año trabajado se debe calcular el siguiente rango de tiempo.
La suma del resultado de los dos tramos multiplicados por el valor diario, donde se pueden seleccionar los conceptos que deseamos intervengan, será el total propuesto para la indemnización que se reflejará en una incidencia con el concepto que en esta pantalla se seleccione.
Generar certificado de empresa
En la parte inferior de la ventana permite generar el certificado que debemos entregar al trabajador. Podremos generar XML, PDF, abrirlo, imprimir 1 o más copias. Si el CNO no está indicado en situaciones especiales del trabajador será necesario registrarlo aquí para su reflejo en el certificado.
Una vez generado queda vinculado a la ficha del trabajador para su consulta o reimpresión.